sábado, 5 de septiembre de 2009

REGULACIÓN POR LEY DE LA PRÁCTICA DEL CHAMANISMO.


El Consejo de Ancianos de la nacionalidad Tsáchila y el Ministerio de Salud reglamentaron la práctica de la medicina ancestral. El documento se presentó ayer, en la Gobernación de Santo Domingo.
El director de Salud de esta provincia, Jaime Jaramillo, justificó esta normativa. Expresó que la legalización de la medicina tsáchila se cumplió sobre la base de los derechos indígenas consagrados en la Constitución. “Esto consta en el capítulo quinto de los Derechos colectivos”.
Jaramillo destacó que el nuevo cuerpo legal es el primero en el Ecuador para la práctica de la medicina nativa. Así también, es el reconocimiento del Estado a las curaciones basadas en los conocimientos ancestrales.
El gobernador de la etnia Tsáchila, Héctor Aguavil, dijo que la elaboración del reglamento demoró dos años. En ese tiempo se realizaron talleres, en los cuales participaron 85 chamanes.
La normativa contempla requisitos, finalidades, derechos y obligaciones para la práctica de chamanismo. Según Aguavil, hay tres categorías. La primera son los pone, que son los chamanes más antiguos (entre 50 y 100 años). Luego los vegetalistas y en tercer lugar, los aspirantes.
Para ser pone debe ser reconocido por la etnia Tsáchila, estar afiliado a las asociaciones de naturistas, vegetalistas o herbolarios de esta nacionalidad. El chamán también debe registrarse ante el Consejo de la Gobernación Tsáchila.
Otro requisito es que los curanderos lleven sus vestimentas rituales y el peinado que caracteriza a esta etnia.
Esta nueva norma prohíbe la relación con brujos de dudosa reputación y malos antecedentes. A los chamanes no se les permite practicar la medicina ancestral fuera de su comunidad.
Las sanciones contemplan amonestaciones, multas y hasta la prohibición, de por vida, para curar. A esto se suma la entrega a la justicia en caso de delitos de violación, muerte, mala práctica y asociación con chimberos (falsos chamanes).

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